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Estudio de Impacto Ambiental vs. Declaración de Impacto Ambiental. ¿Qué Debe Contener Cada Uno?

En el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), los proyectos o actividades que puedan generar efectos en el medioambiente deben someterse a un proceso de evaluación. Dependiendo de la magnitud de los impactos, se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

¿Qué debe contener un Estudio de Impacto Ambiental?

Según el Reglamento del SEIA (artículo 18), un EIA debe incluir:

  •  Descripción del proyecto o actividad.
  •  Línea de base ambiental, considerando otros proyectos con resolución de calificación ambiental.
  •  Evaluación detallada de los impactos ambientales asociados al proyecto.
  •  Análisis de riesgos y su posible afectación a la salud humana.
  •  Medidas de mitigación y reparación para minimizar impactos negativos.
  •  Plan de seguimiento de las variables ambientales críticas.
  •  Plan de cumplimiento normativo, asegurando el respeto a la legislación ambiental.

¿Qué debe contener una Declaración de Impacto Ambiental?

Por otro lado, una DIA, regulada por el artículo 19 del Reglamento del SEIA, debe presentarse como una declaración jurada que certifique el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Debe incluir:

  •  Descripción del proyecto o actividad.
  •  Justificación de que no genera impactos significativos que requieran un EIA.
  •  Identificación de la normativa ambiental aplicable y cómo se cumplirá.
  •  Listado de permisos ambientales sectoriales necesarios y su cumplimiento.

 

Ambos procesos requieren acompañar documentación técnica y antecedentes que permitan a la autoridad evaluar su impacto y asegurar el cumplimiento de la normativa.

 

En Vertical Consultores, te asesoramos en la elaboración y tramitación de EIA y DIA, optimizando tiempos y garantizando una gestión ambiental efectiva.

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